Revista Latinoamericana de Derechos Humanos
http://www.revistas.una.ac.cr/derechoshumanos
Volumen 33 (1), I Semestre 2022
ISSN: 1659-4304 • EISSN: 2215-4221
Doi: https://dx.doi.org/10.15359/rldh.33-1.2
Recibido: 24-6-2021 • Aceptado: 5-10-2021


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La educación como derecho humano, el caso costarricense en el contexto del bicentenario de independencia

Education as a human right, the Costa Rican case in the context of the bicentennial of independence

A educação como direito humano, o caso da Costa Rica no contexto do bicentenário da independência

Jéssica Villareal Salazar1

Mónica Rojas Víquez2

Resumen

El presente escrito se efectúa con el fin de lograr un acercamiento al derecho humano a la educación desde la perspectiva actual, al partir de lo establecido en instrumentos nacionales e internacionales desde un enfoque orientado a la gratuidad y accesibilidad, así como las responsabilidades y medidas que deben tomar los Estados para garantizar su libre acceso. Además, se aborda la educación como el derecho a una vida más digna y la conexión que tiene este con otros derechos, así como las implicaciones que tiene la educación para la felicidad, solidaridad y amor, en un contexto de educar a la ciudadanía con valores, en busca de la justicia social. Asimismo, se expone la limitante en el ejercicio del derecho humano a la educación en la coyuntura actual por la pandemia por el COVID-19 desde ámbito de la educación costarricense en miras del bicentenario de la independencia, al igual que la exclusión sistemática en la que se encuentra gran parte de la región. Asimismo, se reflexiona acerca que la educación implica más que la opción de ingresar al mercado laboral ya que tiene intrínseco la formación de habilidades para la vida, cultura y pensamiento crítico. Por último, se establecen conclusiones sobre cómo las personas con menos recursos se están viendo afectadas y la importancia que tiene contar con espacios de diálogo para la construcción de una conciencia ciudadana coherente con las necesidades educativas actuales.

Palabras claves: Conectividad, internet, derecho humano y educación

Abstract

This writing is carried out to achieve an approach to the human right to education from the current perspective, based on what is established in national and international instruments from an approach oriented to gratuity and accessibility, as well as the responsibilities and measures that States must take to guarantee its free access. In addition, education is addressed as the right to a more dignified life and the connection that it has with other rights, as well as the implications that education has for happiness, solidarity, and love in a context of educating citizens with values in search for social justice. Likewise, the limitation in the exercise of the human right to education in the current situation due to the COVID-19 pandemic is exposed from the scope of Costa Rican education in view of the bicentennial independence, as well as the systematic exclusion suffered by great part of the region, together they reflect on the fact that education implies more than the option of entering the labor market since it has intrinsic training skills for life, culture and critical thinking. Finally, conclusions are established on how people with fewer resources are being affected and the importance of having spaces for dialogue for the construction of a citizen awareness consistent with current educational needs.

Keywords: Connectivity, education, human right and the internet

Resumo

Esta redação é realizada com o objetivo de abordar o direito humano à educação na perspectiva atual, com base no que se estabelece nos instrumentos nacionais e internacionais de uma abordagem orientada para a gratuidade e acessibilidade, bem como as responsabilidades e medidas que devem levar os Estados a garantir seu livre acesso. Além disso, a educação é tratada como o direito a uma vida mais digna e a conexão que esta tem com outros direitos, bem como as implicações que a educação tem para a felicidade, a solidariedade e o amor em um contexto de formação de cidadãos com valores em busca pela justiça social. Da mesma forma, a limitação do exercício do direito humano à educação na situação atual devido à pandemia COVID-19 é exposta desde o âmbito da educação costarriquenha em vista do bicentenário da independência, bem como a exclusão sistemática em que há grande parte da região, juntos refletem sobre o fato de que a educação implica mais do que a opção de inserção no mercado de trabalho, pois possui intrínsecas competências formativas para a vida, cultura e pensamento crítico. Por fim, estabelecem-se conclusões sobre como as pessoas com menos recursos estão sendo afetadas e a importância de haver espaços de diálogo para a construção de uma consciência cidadã condizente com as necessidades educacionais atuais.

Palavras-chave: Conectividade, direitos humanos, educação e internet

Introducción

Para realizar un acercamiento a la situación en la que se halla el derecho humano a la educación se plantea el caso costarricense, esto por considerarse que se encuentra ante un escenario educativo incierto y complejo, así como la importancia que posee en el acontecer actual y futuro de todas las personas, en particular de las que se encuentran en condiciones de exclusión social. Para Costa Rica el año 2021 tiene intrínseco un acontecimiento representativo, el aniversario 200 de la independencia de España, esto demanda un profundo análisis y reflexión nacional, ya que implica valorar los avances y retrocesos históricos que dicho evento ha generado a lo largo del tiempo. El país recibe el bicentenario en un contexto difícil por la pandemia del COVID-19 y la puesta en marcha de medidas extremas en el nivel educativo, como la implementación de clases virtuales y la suspensión periódica de los cursos lectivos.

En adición a lo anterior, la educación ha estado vinculada, desde hace décadas, con la conectividad, ya que esta permite el acceso a herramientas educativas e información. Con la situación pandémica esto dejó de ser una opción para el fortalecimiento de los procesos educativos y pasó a ser una necesidad, la restricción que enfrentan miles de niños, niñas y adolescentes por la exclusión social en la que se encuentran, donde no pueden acceder a internet y, por tanto, tampoco a la educación, lo que representa un reto en la coyuntura actual, no solo en la educación primaria y secundaria, sino que además para la educación terciaria, por lo que se procede a reflexionar sobre las valoraciones de los efectos de la pandemia en el nivel de educación superior, ya que esta enfrenta los mismos problemas de acceso a internet, dispositivos y, en suma, un futuro incierto a raíz de la precarización en la educación básica, lo cual podría afectar la admisión e ingreso de las nuevas generaciones.

Asimismo, para lograr el planteamiento propuesto, como estrategia metodológica de investigación se llevó a cabo un análisis documental de la legislación nacional e internacional, complementado con fuentes de información primarias y secundarias tales como, la Organización de Naciones Unidas (ONU), la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), el Informe del Estado de la Educación 2021 de Costa Rica, entre otras, que brindaran datos válidos y confiables sobre la situación y cifras en el contexto educativo actual. Al final, se exponen las conclusiones referentes al derecho humano a la educación según el análisis realizado.

Acercamiento al derecho humano de la educación

La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (s. f., párr. 1) ha dicho que los derechos humanos son derechos que tiene todo ser humano sin distinción alguna, son derechos universales; es decir, no existe ningún tipo de excepción o diferenciación, son de todas las personas, son derechos inalienables, por lo que solo se pueden limitar en casos muy determinados, son derechos indivisibles e interdependientes, en el sentido que el ejercicio y disfrute de algunos derechos dependen de otros. Además de que con respecto a estos derechos debe haber no discriminación e igualdad, asimismo estos derechos generan responsabilidades a los Estados (s. f., párr. 4-9).

En la normativa costarricense, el derecho a la educación se desarrolla en el Título VII sobre la Educación y la Cultura de la Constitución Política de Costa Rica; sin embargo, este ensayo también hace referencia de artículos de mayor pertinencia y actualidad de diversas fuentes, así como de algunas normas internacionales trascendentales para el abordaje del mismo derecho. Para iniciar, el artículo 77 dice que la educación pública será un proceso integral desde el preescolar hasta la educación universitaria, el artículo 78 destaca algunas características, se estipula que la educación es obligatoria para preescolar básica y diversificada, que es del sistema público, y, además, que es gratuita y costeada por el Estado. En ese sentido, señala que el gasto público en la educación no debería ser menor al 8 % del producto interno bruto. También, el último párrafo de esta norma dice que es el Estado quien facilitará “el acceso tecnológico a todos los niveles de la educación, así como la prosecución de estudios superiores a quienes carezcan de recursos pecuniarios. La adjudicación de las becas y los auxilios estará a cargo del Ministerio del ramo, por medio del organismo que determine la ley” (Constitución Política de la República de Costa Rica 1949, párr. 3).

Asimismo, el artículo 83 señala que el Estado es quien patrocinará y organizará la educación de personas adultas, los artículos 84 y 85 desarrollan lo concerniente a las universidades públicas, a la Universidad de Costa Rica, Universidad Nacional de Costa Rica, Universidad Estatal a Distancia y el Instituto Tecnológico de Costa Rica, en estos artículos se menciona sobre la independencia funcional, la capacidad jurídica, así como del patrimonio de cada una. En este mismo orden de ideas, la Ley Fundamental de Educación, N° 2160 desarrolla que toda persona que habita en Costa Rica tiene derecho a la educación en forma amplia y adecuada, además dice “(...)Por lo que se deberá estimular y fomentar en los educandos el aprecio por el ejercicio de los derechos humanos y la diversidad lingüística, multiétnica y pluricultural de nuestro país” (Ley Fundamental de Educación 1957, párr. 1).

Este derecho también se encuentra desarrollado en el Código de Niñez y Adolescencia N.º 7739 y en la Ley General de la Persona Joven N.º 8261. Por otro lado, en el nivel internacional se puede ubicar en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el año 1948 la Asamblea General de Naciones Unidas plasma en el nivel mundial el derecho a la educación como un derecho humano, en la Convención sobre los Derechos del Niño*(sic), la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo, el Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de derechos económicos, sociales y culturales “San Salvador”, entre otros (UNESCO Etxea, 2005).

En términos generales, estos instrumentos señalados hacen referencia a algunas pautas como lo es la gratuidad, la accesibilidad, los enfoques y orientaciones, así como las responsabilidades y medidas que deben tomar los Estados con respecto a poblaciones que han sido vulnerabilizadas, por ejemplo, personas discapacitadas, de pueblos originarios, mujeres, entre otros; sin embargo, a pesar de su positivización en normas constitucionales y en tratados internacionales, surgen algunas inquietudes en cuanto a la afectividad de tales enunciados.

Cuando se habla de efectividad en la asignación de presupuestos a las universidades públicas se toma en cuenta el impacto que van a tener en las vidas de quienes tienen más necesidades, o si tras la pandemia por COVID-19, se han tomado todas las medidas para que quienes no tienen acceso a dispositivos tecnológicos o al servicio de internet, para que puedan continuar educándose, así como si se ha logrado capacitar y brindar las herramientas a las personas docentes para lograr acostumbrarse a la “nueva realidad” digital.

La educación como el derecho a una vida más digna y humana

La educación como lo ha señalado Sarramona citado por Acosta (2017), es el elemento que humaniza la vida; es decir, que les brinda a los seres humanos las herramientas o conocimientos para su desarrollo. En adición a lo expuesto, se considera de gran importancia que el Estado costarricense vele porque las personas puedan gozar del mismo, tomando en cuenta las condiciones de los grupos vulnerabilizados, por eso la importancia de conocer la normativa nacional e internacional referente al derecho a la educación y la dignidad humana como una necesidad indispensable para la satisfacción de necesidades básicas.

El derecho a la educación como se ha señalado tiene conexión con otros derechos, al respecto UNESCO Etxea señala que “La promoción y defensa del derecho a la educación abre las puertas a otros derechos, mientras que negarlo lleva a su vez a negar otros Derechos Humanos y, con ello, a perpetuar la pobreza” (UNESCO, 2005, p. 5). Referente a esto, es necesario que los Estados, sin excepción alguna, asuman con responsabilidad las obligaciones concernientes a este derecho, ya que la ineficacia de estas normas acarrea consecuencias, como se ha dicho, la educación otorga herramientas a las personas para sostener una vida más digna y humana, no solo desde un aspecto socioeconómico en el cual se puedan satisfacer las necesidades básicas, sino desde una visión mucho más integral.

En esta línea, el autor Acosta (2017) apuesta a los siguientes objetivos de la pedagogía los cuales podrían encaminar a las personas facilitadoras, las educandas y la sociedad en general, a la construcción de una vida mucho más digna y humana; al respecto habla de tipos de educación, por ejemplo, de la educación para la libertad señala que cada persona puede, con decisiones propias, formar su camino, la educación para la responsabilidad es que las personas al tomar decisiones informadas tengan la capacidad de asumir las responsabilidades de sus actos, tanto las individuales como las compartidas.

Por otro lado, menciona la educación para la felicidad, en la cual toma en cuenta el compartir los demás seres, la educación para la solidaridad y el amor, en que lo que mueve a recibir o a entregar es el amor, el educar para la ciudadanía por medio de la cual se participa en la resolución de controversias mediante los valores y la participación, y, posteriormente, el educar para la paz que busca la justicia social, el diálogo, el respeto, entre otros (Acosta, 2017).

Además, si se sigue a Maturana, la educación también debe ser vista desde un enfoque en el cual se respete y se acepte al otro, de manera que se logre la convivencia y la armonía con los seres humanos y la naturaleza,

¿Para qué educar? Para recuperar esa armonía fundamental que no destruye, que no explota, que no abusa, que no pretende dominar al mundo natural, sino que quiere conocerlo en aceptación y respeto para que el bienestar humano se de en el bienestar de la naturaleza en que se vive. (s. f., p. 14)

Es decir, el derecho humano a la educación trasciende al hecho de aprender a leer y escribir, o como lo propone Freire, se debería superar a la educación en la cual se “depositan” conocimientos, sin posibilidad de cuestionar y dialogar. Es evidente que el derecho a la educación es vital para la construcción de la justicia social; no obstante, en un contexto como el actual, es decir, de emergencia sanitaria mundial, se pueden observar mayores situaciones de desigualdad social que el Estado no ha podido solventar, por ejemplo, el Estado de la Educación del 2021 se encargó de verificar el nivel y distribución de las competencias digitales de las personas estudiantes antes de la pandemia y los resultados no son favorables,

El primero es que, independientemente del nivel, los estudiantes reportan actitudes positivas y una elevada autoeficacia hacia el uso de los aparatos digitales. El segundo hallazgo deja en evidencia que la brecha digital afecta el desempeño de las competencias digitales de los estudiantes y pone en desventaja a los grupos más vulnerables. En efecto, los estudiantes con competencia digital baja reportaron contar con menor acceso de aparatos digitales en el hogar y en el colegio y una menor frecuencia de uso, tanto para fines académicos como no académicos. El tercer y último hallazgo se relaciona con las bajas puntuaciones alcanzadas por ambos grupos en la dimensión de manejo crítico de información de internet. (Estado de la Educación, 2021, p. 187)

La realidad costarricense en el sector educativo es bastante compleja y los grupos vulnerabilizados se exponen a mayores consecuencias. Ante esta situación, se debe traer a colación lo que el autor Sarramona citado por Acosta señalaba; según el autor la educación es el elemento por el cual se humaniza la vida, pero qué oportunidades para obtener herramientas para la construcción de conocimientos pueden tener quienes ni tan siquiera cuentan con dispositivos electrónicos, no tienen conectividad a internet, o no conocen del uso de las tecnologías de información y comunicaciones, en ese orden de ideas se considera importante la siguiente información del Estado de la Educación, citada por Román y Lentini:

Según los datos de la Dirección de Planificación Institucional del MEP, a julio de 2020, un total de 324.616 estudiantes no cuentan con internet en el hogar y no se conoce la información de 68.979. Adicionalmente, la Encuesta Nacional de Hogares del 2019 revela que un 67 % de estudiantes de la región Central tenía conexión a internet desde el hogar; un 29 % solo a través del teléfono celular y un 3 % no tenía ninguna. Esta situación contrasta de manera significativa con quienes estudian en regiones como la Huetar Caribe, Huetar Norte o la Brunca, pues la conexión desde el hogar rondaba apenas el 40 %. Estas brechas reflejan las desigualdades históricas del país entre la región Central y la periferia, con implicaciones para docentes y estudiantes que residen en esas zonas. (Estado de la Educación, 2021, p. 188)

La educación y acceso a internet

La educación como derecho humano trasciende a la exclusividad de la atención estatal y se vincula con una serie de instituciones y organismos, tanto nacionales como internacionales, con el fin de garantizar su pleno ejercicio. La Organización de Naciones Unidas (ONU) en su sexagésimo sexto período de sesiones, del 11 de agosto del año 2011, hace mención sobre el acceso a internet y el derecho a la educación, de manera enfática se refiere a la importancia de reconocer el internet como herramienta educativa.

El acceso a Internet permite a los estudiantes, profesores y padres comunicarse con mayor frecuencia y estar informado de las últimas novedades y cuestiones relacionadas con sus ámbitos de interés. Además, los beneficios que aporta el uso de Internet a la educación contribuyen directamente al capital humano de los Estados. Por consiguiente, el Relator Especial considera que el acceso a Internet ha de ser cada vez más un elemento clave del derecho a la educación. (Organización de Naciones Unidas, 2011, p. 21)

Claro está que, desde hace una década en el seno de la ONU, ente máximo en materia de derechos humanos, se estableció una relación directa entre el acceso a internet y el derecho a la educación. Considerando la innovación pedagógica vinculada a los avances tecnológicos y el contexto actual de la pandemia por el COVID-19, no queda duda que dicha relación se estrechó cada vez más y se visibilizó la dificultad de acceso a internet que la mayoría de las personas vulnerabilizadas adolecen día con día.

Desde aplicaciones para personas no videntes hasta aulas virtuales, el curso de la tecnología ha avanzado de manera significativa en los últimos años, proporcionando diversas soluciones en áreas rezagadas; sin embargo, las condiciones de vida producto de la violencia estructural, los factores de exclusión y la discriminación impiden que la innovación tecnológica sea accesible por equidad.

Aunado a lo anterior el Consejo Nacional de Rectores (CONARE) declaró el 2021 como el “Año de las Universidades Públicas por la conectividad como derecho humano universal” con el objetivo de “Impulsar el reconocimiento de la conectividad a internet como un derecho humano para todo habitante de nuestro país; por medio de la gestión de las universidades públicas, contribuyendo con el fortalecimiento de una sociedad más justa y el desarrollo humano sustentable” (Solano, 2021, párr. 1). Con ese argumento es que, desde el quehacer de las universidades estatales, se propone establecer la conectividad a internet como un derecho humano que tiene intrínseco el valor de la justicia social; es decir, no solo se denomina como un derecho, sino que además se da por entendido que dicho acceso debe ser para todas las personas habitantes del país y que esto fortalecería la justicia social y el desarrollo humano.

No obstante, es indiscutible cuestionarse sobre la viabilidad de dicha propuesta sobre todo porque depende en gran medida de un tema de índole económico que también se vincula, de forma directa, con las acciones políticas que se puedan llevar a cabo, por ejemplo, el Ministerio de Educación Pública (MEP), con el fin de identificar cuántas personas estudiantes no cuentan con conexión a internet, realizó un censo entre los meses de febrero y marzo para el curso lectivo 2021, cuya variable fue la conectividad. Según la página web de dicho Ministerio se obtuvo la siguiente información:

El resultado de un primer diagnóstico, en mayo de 2021, arrojó que 535 mil estudiantes del país no tenían conectividad en sus hogares. Esos resultados preliminares evidenciaron la necesidad de depurar la información y planificar estrategias de atención individualizada para las personas estudiantes. (Rodríguez, 2021, párr. 4)

Para un país como Costa Rica cuya población aproximada es de 5 millones de habitantes, que más de 500 mil estudiantes, en la actualidad no tengan conectividad es sumamente alarmante y deja en evidencia que estamos ante una problemática profunda que afecta a toda la región. La Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), el 26 de agosto del 2020, emitió un informe especial sobre “Universalizar el acceso a las tecnologías digitales para enfrentar los efectos del COVID-19” donde hace eco de que, la brecha de acceso profundiza las desigualdades indicando, por ejemplo, que en el año 2018, en casi 23 millones de los hogares, la mitad de la región no cuenta con conexión a internet y estos se ubican en los dos quintiles más bajos de la distribución del ingreso y añade que:

Las diferencias en la conectividad entre la zona urbana y la rural son significativas. En la región, el 67 % de los hogares urbanos está conectado a Internet, en tanto que en las zonas rurales sólo lo está el 23 % de ellos. En algunos países, como Bolivia (Estado Plurinacional de), El Salvador, el Paraguay y el Perú, más del 90 % de los hogares rurales no cuentan con conexión a Internet. Incluso en países en mejor situación, como Chile, Costa Rica y Uruguay, solo cerca de la mitad de los hogares rurales están conectados. (CEPAL, 2020, p. 3)

La CEPAL confirma los resultados del censo del MEP al señalar que, solo cerca de la mitad de los hogares rurales en Costa Rica tienen acceso a internet. Aunado a eso, la Comisión indica en su informe que el país se encuentra en mejor condición con respecto al resto de la región, donde en las zonas rurales apenas el 23 % de la población cuenta con ese acceso.

Ahora bien, ¿cómo está la situación internacional? El Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) presentó un informe con datos en conjunto con la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT) en el año 2020, sobre la conectividad en el nivel mundial, donde indica que la mayoría de la población afectada es de niños, niñas y adolescentes entre 3 y 17 años, los que no tienen acceso a internet en sus hogares, además señala que:

Casi 250 millones de estudiantes en todo el mundo todavía están afectados por el cierre de escuelas a causa del COVID-19, lo que obliga a millones de estudiantes a confiar en el aprendizaje virtual. Para aquellos que no tienen acceso a Internet, la educación puede quedar fuera de su alcance. Incluso antes de la pandemia, una cohorte cada vez mayor de jóvenes necesitaba aprender capacidades básicas, transferibles, digitales, profesionales y empresariales para poder competir en la economía del siglo XXI. (UNICEF, 2020, párr. 4)

Lo anterior nos permite comprender que la denominada brecha digital no solo genera desigualdades y afectación en la actualidad, sino que es una problemática que ha estado presente desde antes de la pandemia y que podría traer consecuencias, tales como la limitación de posibilidades de acceso económico futuro para los sectores educativos que están siendo excluidos. Al volver a la situación costarricense, se considera importante lo citado por UNICEF Costa Rica, en el marco del bicentenario de independencia (1821-2021), referente a la alfabetización digital para garantizar el presente y el futuro:

La pandemia por COVID-19 ha provocado la mayor interrupción de la educación en la historia de Costa Rica, al igual que muchos países en el mundo, se vio en la obligación de cerrar los centros educativos y migrar a procesos de educación a distancia y combinada, sin que el país, los centros educativos, ni las familias contarán con las capacidades pedagógicas ni los recursos tecnológicos necesarios para responder a los nuevos desafíos de la educación virtual. De esta forma, una importante cantidad de niñas, niños, adolescentes y jóvenes no pudieron continuar recibiendo clases de manera remota debido a la falta de conectividad o del equipo tecnológico necesario. (UNICEF Costa Rica, 2021, párr. 1)

El 01 de setiembre del 2021 se dio a conocer el octavo informe del Estado de la Educación 2021, en el cual se reafirma las serias deficiencias del sistema educativo costarricense, en términos generales el informe revela cifras alarmantes que confirman los datos antes expuestos, la exclusión dejó cerca de 426 mil estudiantes sin acceso a internet de calidad y a dispositivos para acceder a los estudios, situación que no solo afecta a la población educativa actual sino que además está afectando y repercutirá en la educación superior del país, la mayoría de las noticias y estudios, en el nivel país, que se realizan están enfocados a la educación primaria y secundaria; sin embargo, las universidades no escapan de esta realidad, por ejemplo, las medidas restrictivas del Gobierno central al acceso a becas:

El pasado 14 de abril, los jerarcas de la Universidad de Costa Rica (UCR) anunciaron que se eliminarían los beneficios complementarios extraordinarios que implementó la institución en el 2020 para ayudar a estudiantes con beca 4 y 5, becas de mayor categoría, a enfrentar la crisis económica que atraviesa el país.

El motivo es la aplicación de la regla fiscal, la cual impide que haya un aumento significativo del presupuesto universitario en gasto corriente. Además, hubo un incremento en la solicitud de becas, tanto de estudiantes de primer ingreso, como de estudiantes que solicitaron un cambio en la categoría de beca. (Guevara, 2021, párr. 1 y 2)

Desde ese ángulo, las becas deberían ser valoradas como una inversión (derecho) y no un privilegio como se plantea, al sumar la precaria situación del Ministerio de Educación Pública el panorama se complica cada vez más para quienes anhelan permanecer o ingresar a una universidad pública del país, con el capitalismo imperante y las agresivas demandas del mercado laboral no solo la brecha (abismo) digital se agrava, también la desigualdad social y la oportunidad de una vida digna. En ese orden de ideas, se considera importante ampliar sobre la situación de la educación superior en el apartado siguiente.

El carácter pedagógico de las tecnologías de la información y comunicación

Se estima que el uso de las tecnologías de la información y comunicación “auguran, en el campo educativo, la progresiva desaparición de las restricciones de espacio y de tiempo en la enseñanza y la adopción de un modelo de aprendizaje más centrado en el estudiante” (Castro et al., 2009. p. 9), aunado a algunas otras ventajas de la utilización de estas herramientas como las siguientes,

(...) incentiva un alto grado de interdisciplinariedad, aprendizaje cooperativo, alfabetización digital y audiovisual, desarrollo de habilidades de búsqueda y selección de información, mejora de las competencias de expresión y creatividad, fácil acceso a mucha información de todo tipo, visualización de simulaciones. Además, promueven el desarrollo de competencias y de habilidades prácticas por parte de los estudiantes en laboratorios virtuales de investigación, la provisión de la posibilidades de retroacción en la comunicación entre los estudiante y el acceso de éstos a recursos educativos (Bricall, 2000 y Márquez, 2002). (Castro et al., 2009, p. 10)

Estas tecnologías son vistas como un recurso para mediar la información a la persona estudiante, con el fin de desarrollar conocimientos y, además, son importantes en el proceso de construcción de conocimientos; sin embargo, es bien sabido que se requiere de cierto manejo, capacitación o competencia por parte de la persona educadora para que el proceso educativo genere los resultados esperados, en ese orden de ideas se amplía al respecto:

Con el propósito de establecer categorías para el uso educativo de los recursos de Internet es necesario hacer énfasis en que su potencialidad educativa no radica en el maquillaje sino en su interior (en el grado de apertura y configurabilidad del programa, en el estilo de interacción, en el modelo de enseñanza y aprendizaje subyacente) así como en su adecuación curricular a los objetivos, contenidos y metodología de la situación de enseñanza en los que se utilicen (Area, 2002). Es en este sentido que la Intencionalidad Pedagógica se constituye al definir un plan que pueda ser llevado a nivel de concreción a través de un conjunto de acciones articuladas que promuevan la construcción de conocimiento en el aprendiz. (Moreno, 2016, párr. 12)

Como se puede observar, las tecnologías deberían aportar facilidades que rompan con la distancia entre la persona educadora y la estudiante, pero como bien lo señala Moreno, se requiere de una mediación pedagógica de la persona educadora, en ese sentido el Informe del Estado de la Educación del 2021 menciona lo siguiente:

En todo este proceso, la política resalta el valor que tienen la institución y el profesorado en la facilitación, orientación y desarrollo de procesos educativos adecuados a las necesidades de los estudiantes, así como el desarrollo profesional constante de los docentes, pues son quienes se encargan de aplicar los programas de estudio y concretar los elementos descritos en la política, mediante condiciones y dotaciones convenientes de infraestructura y acompañamiento por parte del personal administrativo y de apoyo pedagógico. (Estado de la Educación 2021, p. 185)

Ante la pandemia, las tecnologías de información y comunicación han sido de gran apoyo por el cierre de los centros estudiantiles, por parte del Poder Ejecutivo, como medida para contener la emergencia sanitaria nacional; a pesar de ello, no se debe perder de vista el acceso a este tipo de herramientas por partes de las personas más desposeídas, en otros términos, a quienes se les dificulta o no pudieron continuar con su proceso educativo, así como el acompañamiento de las personas docentes ante dificultades por una deficiente capacitación en estos temas, por falta de dispositivos o conectividad, entre otros.

Debido a lo mencionado, vale cuestionarse si las distancias espaciales y temporales se reducen para todas las personas en este proceso pedagógico mediante las tecnologías de información y comunicación (TIC); a modo de ejemplo, al respecto, el Informe del Estado de la Educación del 2021 señaló que “en las direcciones regionales de Sulá, Peninsular, Grande de Térraba, Aguirre, Santa Cruz, Nicoya, Coto, Cañas, Limón, Turrialba, Norte-Norte y Puriscal, se concentran 751 profesores y profesoras sin conexión a internet” (Estado de la Educación, 2021, p. 181). Lo que permite dimensionar que el problema no afecta exclusivamente a la población estudiantil, sino que también a los docentes. Con el objetivo de conocer sobre este tema en la educación superior, seguidamente se amplía al respecto.

Una mirada a la educación superior

El análisis previo nos permite dimensionar, de forma amplia, las limitaciones de acceso educativo en primaria y secundaria. Ahora bien, ¿Qué efectos sufrirá la educación superior como resultado de la pandemia (agudización de las desigualdades)? Esta interrogante cobra principal relevancia ante la precarización en la educación básica, la cual podría repercutir en la admisión e ingreso a carreras de las nuevas generaciones, el sexto y séptimo capítulos del informe del Estado de la Educación 2021 están enfocados en las principales tendencias de la educación superior, el sexto apartado inicia de la siguiente manera:

A diferencia de otras ediciones, este ejercicio se realiza en un contexto inédito y sin precedentes provocado por la pandemia del COVID-19 que, desde inicios del 2020, ha causado una grave crisis sanitaria, económica y social, tanto en el país como en el mundo entero, con fuertes impactos económicos, sociales y fiscales. Estos impactos también tuvieron consecuencias en el nivel terciario de la educación nacional financieramente y en la oferta de sus servicios. (Estado de la Educación, 2021, p. 251)

Según lo valorado en el informe, se considera relevante y oportuno analizar algunos elementos vinculados sobre los efectos educativos de la pandemia, incluso otros como las huelgas del 2018 y 2019, que afectaron en gran medida los cursos lectivos de esos años dos años en particular, lo que sin duda agudizó la situación previa de la pandemia, el informe detalla:

Una desventaja de las personas que ingresaron por primera vez a las universidades en 2021, especialmente quienes provenían de colegios públicos, es que habían enfrentado tres grandes interrupciones en su proceso formativo en secundaria, debido a la pandemia durante 2020, y las ocasionadas por la huelga de maestros en 2018 y la huelga por la reforma fiscal en 2019. (Estado de la Educación, 2021, p. 255)

De cara a comprender lo anterior, las universidades públicas enfrentan no solo los efectos de la pandemia, sino también vacíos educativos anteriores, producto de la suspensión del curso lectivo en varias ocasiones, esto viene a agravar la expectativa de ingreso y continuidad en el sistema educativo superior y, por defecto, la formación de personas profesionales. Ante las dificultades de acceso a la educación básica las personas estudiantes que logren culminar la educación secundaria se encontrarán con más limitaciones puesto que los recortes financieros afectan el otorgamiento de becas y los altos estándares de calidad académica les restringirá el ingreso por la precaria formación básica, de acuerdo con el Informe del Estado de la Educación, el cual indica que uno de los efectos más evidentes de la pandemia fue la suspensión de las clases presenciales, al respecto señala:

El efecto más evidente de la pandemia fue la interrupción de las clases presenciales, y que la mayoría de las instituciones migró la enseñanza hacia procesos de educación remota apoyada con entornos virtuales. Sin embargo, un grupo de estudiantes o no logró continuar o enfrentó mayores dificultades para adaptarse. (Estado de la Educación, 2021, p. 273)

La educación superior en el contexto de la pandemia también dejó identificar algunas debilidades en cuanto a las tecnologías de información y comunicación. En ese sentido, se dice que el uso de opciones virtuales no se dio por la aceleración a esos medios, sino por la necesidad de tomar medidas ante la emergencia sanitaria, asimismo es posible cuestionarse si este proceso de migración digital fue igual para todas las personas educadoras y estudiantes:

La fuerte disrupción que generó la pandemia en la vida académica obligó al uso repentino e intensivo de opciones de educación en ambientes virtuales, pero lo sucedido en 2020 e inicios de 2021 responde más a la implementación de acciones de emergencia para sostener el ciclo educativo de forma remota que a una aceleración de la modalidad virtual de educación universitaria. (Estado de la Educación, 2021, p. 265)

En ese orden de ideas, al indicarse que un grupo poblacional no logró adaptarse o enfrentó mayores dificultades para hacerlo se evidencia las desigualdades en el acceso a la educación, que a la larga tendrá implicaciones en la educación y, por consiguiente, en las oportunidades laborales, culturales, económicas y de salud para una vida digna; no obstante, a pesar de las proyecciones que podamos hacer al respecto, la latencia de las nuevas variantes de SARS-CoV-2 amenazan con la continuidad de la pandemia y, por tanto, en la educación terciaria persisten las consecuencias negativas en áreas sustantivas, sobre esto la siguiente cita:

Mientras la pandemia continúe, no es posible conocer con precisión la magnitud y profundidad de sus impactos en la educación superior. Sin embargo, a este punto y con la información disponible, se documentan algunos efectos que se manifestaron de inmediato en cuatro dimensiones clave de la educación terciaria: asistencia, equidad, oferta académica y financiamiento. (Estado de la Educación, 2021, p. 273)

Con los datos anteriores se puede concluir que la educación mundial y, específicamente el sistema educativo costarricense en general y, en particular, la educación terciaria, está enfrentando una serie de dificultades para garantizar el derecho humano a la educación y con ello la imposibilidad futura de un amplio sector poblacional para acceder al mercado laboral de manera digna, aunado a esto si algo nos ha enseñado el transcurrir histórico es que los avances tecnológicos han llegado a cambiar de manera radical y constante la vida de las personas, desde la revolución industrial hasta la industria 4.0 ha sido menester la educación como mecanismo de adaptación para el cumplimiento de los requisitos de la industria, la necesidad de ajustar la formación de profesionales a las nuevas exigencias es incuestionable.

Además, la educación no es solo para optar por un espacio en el mercado laboral, sino que también obedece a la construcción de habilidades como: la formación de identidad cultural, conocimiento de las humanidades, el arte, procesos pedagógicos y cognitivos indispensables para el desarrollo del pensamiento crítico. De manera que, las limitaciones educativas actuales son el claro reflejo de sociedades desiguales que dejan sin opción a quienes han sido víctimas constantes de su exclusión. El retroceso es innegable, la tarea utópica, pero si tomamos en consideración que se ha logrado visibilizar el menoscabo del derecho humano a la educación, podemos, a partir de ese reconocimiento, luchar desde nuestros espacios por el acceso real del mismo y demandar por políticas públicas acordes a las necesidades educativas actuales.

Reflexiones finales

El derecho humano a la educación debería tener como propósito el mejorar las condiciones de vida de todas las personas por igual y como eje transversal la dignidad humana, en ese sentido la construcción de los saberes debe enfocarse en un proceso educativo que permita cuestionar y crear en colectivo desde donde la persona se sitúe, de manera que se obtenga herramientas para la vida basadas en la humanidad, en la reciprocidad, el compañerismo, la dignidad, entre otros. Las asimetrías y tendencias políticas estatales orientadas por las agendas económicas de corte capitalista han limitado no solo el derecho a la educación, sino que además la oportunidad de una vida digna para un gran sector de la población.

Además, es importante tomar en cuenta que, aunque existan situaciones tan excepcionales como la pandemia por el COVID-19, el derecho humano a la educación debería de garantizarse, ya que su negativa es la antesala para que otros derechos humanos sean vulnerados. Los estudios recientes que se han realizado con el fin de conocer el número de personas que carecen de acceso a internet no solo arrojan cifras alarmantes, sino que permiten ver que la denominada brecha digital es abismal y afecta a las personas con menos recursos, quizá esto pueda resultar más que evidente, pero la simple acción de visibilizar la problemática es un avance en la materia ya que antes de la pandemia no era un tema relevante.

Se considera que todavía no es posible dimensionar las consecuencias que a futuro va a ocasionar que tantas personas están siendo privadas del derecho a la educación, la esperanza de una vida digna y la satisfacción de las necesidades básicas será un anhelo cada vez más distante para muchos y para todos, ya que una sociedad sin educación se niega a sí misma la posibilidad de crecer y ser justa. En el caso particular de la educación terciaria que debe enfrentar los mismos retos y en suma; las restricciones presupuestarias, nuevas obligaciones fiscales que restringen el otorgamiento de becas y la inminente recepción de generaciones carentes de formación básica de calidad acordes a los requerimientos mínimos para el quehacer universitario.

Es menester de todas y todos, abrir espacios de diálogo para la construcción de una conciencia ciudadana coherente con las necesidades educativas actuales, con el fin de establecer políticas públicas acordes a la condición socioeconómica de las personas y no solo a los intereses económicos dominantes como se evidencia en los datos expuestos. En esta línea es oportuno preguntarse lo que se señala en el Estado de la Educación “¿Cómo aprovechar el salto en el uso de TIC para hacer frente a los desafíos de mejorar el acceso, la calidad y la gestión?” (Estado de la Educación 2021, p. 250), ya que, a pesar de que hay herramientas para afrontar las distancias espaciales y temporales en un contexto tan difícil en el nivel mundial, se observó que no todas las personas pueden adecuarse a este tipo de herramientas, sea porque no existen las posibilidades económicas para que todas las personas puedan optar por la virtualidad del proceso educativo, por la insuficiente capacitación y herramientas para las personas docentes, entre otras.

Referencias

Acosta, R. (2017). La educación del ser humano: Un reto permanente. Universidad Metropolitana.

Castro, S., Guzmán, B. y Casado, D. (2007). Las TIC en los procesos de enseñanza y aprendizaje. Revista de Educación Laurus, 13 (23), pp. 213-234.

Comisión Económica para América Latina y el Caribe. (2020, 26 de agosto). Universalizar el acceso a las tecnologías digitales para enfrentar los efectos del COVID-19. https://repositorio.cepal.org/bitstream/handle/11362/45938/4/S2000550_es.pdf

Constitución Política de la República de Costa Rica. (1949, 08 de noviembre). https://www.pgrweb.go.cr/scij/Busqueda/Normativa/Normas/nrm_texto_completo.aspx?nValor1=1&nValor2=871

Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia Costa Rica. (2021, 22 de abril). Alfabetización Digital para garantizar el presente y el futuro de la Generación del Bicentenario. https://www.unicef.org/costarica/comunicados-prensa/alfabetizacion-digital-para-garantizar-el-presente-y-el-futuro-de-la-generacion

Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia. (2020, 01 de diciembre). Dos tercios de los niños, niñas y adolescentes en edad escolar del mundo no tienen acceso a Internet en el hogar, según un nuevo informe de UNICEF y la UIT. https://www.unicef.org/peru/comunicados-prensa/dos-tercios-no-tienen-acceso-internet

Guevara, S. (2021, 20 de abril). Regla fiscal impacta el presupuesto de becas: no le permite crecer y por eso se eliminan los beneficios extraordinarios. Semanario Universidad. https://semanariouniversidad.com/universitarias/regla-fiscal-impacta-el-presupuesto-de-becas-no-le-permite-crecer-y-por-eso-se-eliminan-los-beneficios-extraordinarios/

Ley Fundamental de Educación. (1957, 25 de noviembre). http://www.pgrweb.go.cr/scij/Busqueda/Normativa/Normas/nrm_norma.aspx?param1=NRM&nValor1=1&nValor2=31427&nValor3=0&strTipM=FN

Maturana, H. (1988). Una mirada a la educación actual desde la perspectiva de la biología del conocimiento. Emociones y lenguaje en educación y política. Dolmen Ediciones

Moreno, H. (2016). Incorporación de las TIC en las prácticas educativas: el caso de las herramientas, recursos, servicios y aplicaciones digitales de internet para la mejora de los procesos de aprendizaje escolar. Reencuentro. Análisis de problemas universitarios, (72), p. 71-92.

Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas. (s. f.). ¿En qué consisten los derechos humanos? https://www.ohchr.org/sp/issues/pages/whatarehumanrights.aspx

Organización de Naciones Unidas. (2011, 10 de agosto). Promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión. Consultado el 07 de setiembre del 2021. https://undocs.org/pdf?symbol=es/a/66/290

Organización de Naciones Unidas. (s. f.). La educación como derecho humano. https://www.unescoetxea.org/dokumentuak/Educacion_Derecho_Humano.pdf

Programa Estado de la Nación. (2021, 01 de setiembre). Informe Estado de la Educación. https://estadonacion.or.cr/informes/

Rodríguez, L. (2021, 24 de mayo). MEP tiene identificados a estudiantes con problemas de conectividad en sus hogares. https://www.mep.go.cr/noticias/mep-tiene-identificados-estudiantes-problemas-conectividad-sus-hogares

Solano, V. (2021, 14 de enero). Universidades públicas declaran año 2021: Año de las Universidades Públicas por la conectividad como derecho humano universal. https://www.conare.ac.cr/noticias/238-universidades-publicas-declaran-ano-2021-ano-de-las-universidades-publicas-por-la-conectividad-como-derecho-humano-universal


1 Costarricense. Universidad Estatal a Distancia (UNED), Costa Rica. Diplomada en Investigación Criminal y Seguridad Organizacional, bachiller en Ciencias Criminológicas y licenciada en Criminología. Correo electrónico: villa8795@gmail.com https://orcid.org/0000-0002-9519-2038

2 Costarricense. Universidad de Costa Rica, (UCR), Costa Rica. Egresada de la carrera de Derecho de la Universidad de Costa Rica. Correo electrónico: rojasviquezmonica@gmail.com https://orcid.org/0000-0002-5740-2110

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